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El TSJ rebaja de cinco a tres años la pena a un hombre de 69 acusado de intentar violar a una niña de 9

Los jueces consideran que el hombre, que acreditó una anomalía psíquica, podría no estar en plena posesión de sus facultades cuando cometió los hechos

por Diego G. Tabaco 16/06/2025
Diego G. Tabaco 16/06/2025
Un agente de Policía Nacional, en los juzgados de Zamora. Foto Emilio Fraile
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reduce de cinco a tres años la pena de prisión que la Audiencia Provincial de Zamora impuso a un hombre de 69 años por intentar violar a una niña de nueve, a la que convenció para que le acompañara a casa cuando jugaba en el parque con sus hermanas y en vigilancia de una tía dependiente. El Alto Tribunal no tiene en cuenta las apelaciones que la defensa del agresor presentó en lo referente a la credibilidad del testimonio de la niña, que se tiene por plenamente convincente. Sin embargo, sí se tienen en cuenta los informes psicológicos presentados sobre el hombre, que sufre una anomalía psíquica que, según los jueces, actúa como atenuante. También se rebaja la indemnización a la familia de la niña, que pasa de los 15.000 euros a 6.000.

Los hechos probados son que el hombre, de 69 años de edad, el 30 de abril del año 2022, pasó por las inmediaciones de un parque infantil y encontró a la menor, de nueve años, que jugaba en compañía de sus hermanas y le pidió, en un descuido de estas, que le acompañara a casa para darle chocolate. La niña lo hizo y ya en la casa le pidió que le acompañara al dormitorio y que se quitara la ropa, lo que la niña hizo, quedando desnuda.

Después la tumbó en la cama y se colocó sobre ella tratando de penetrarla, sin conseguirlo. Cuando se cansó de intentarlo, le dio dos euros a la niña y le pidió que se fuera. La niña dejó la casa dejando en el dormitorio una mochila. Pasados unos días, el agresor se presentó en la casa de la menor pidiendo que le acompañara a recuperar la mochila, a lo que la niña se negó. 

Los jueces consideran que el testimonio, las pruebas testificales aledañas y los informes presentados por la acusación son convincentes, por lo que da los hechos por probados y constitutivos de delito. En cambio, tiene en cuenta un informe pericial psicológico presentado por la defensa del hombre, en el que se refleja que tiene «trastorno neurocognitivo no especificado» que le causa el llamado «síndrome disejecutivo», caracterizado por «múltiples disminuciones, limitaciones y pérdidas en sus facultades intelectivas y volitivas».

Los jueces ya aprecieron, relatan en la sentencia, ciertos síntomas en la declaración del hombre, a lo que se añade el hecho nada lógico de que fuera a la casa de la menor para llevársela otra vez con la peregrina excusa de la mochila olvidada. Cuestiones que hacen que el Tribunal Superior de Justicia albergue serias dudas sobre la «plena imputabilidad desde el punto de vista penal», cuestión esta que resuelve a favor del reo, rebajando la pena.  

Diego G. Tabaco

Periodista especializado en prensa local con formación en Ciencias Económicas. Community manager.

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