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¿Por qué somos mayores de edad a los 18 años?

Tradicionalmente, en las diferentes sociedades existe un momento o hito que marca el momento en que una persona es reconocida como plenamente capaz

por T. C. 06/04/2025
T. C. 06/04/2025
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New Africa/Shutterstock

David Casado-Neira, Universidade de Vigo y Iria Loisa Justo Fuentes, Universidade de Vigo

La mayoría de edad a los 18 años está siendo cuestionada con el debate sobre la rebaja de edad de voto a los 16. Pero no es el único: la edad para sacarse el carné de conducir, de acceso a las redes sociales o de consentimiento sexual también son temas de controversia.

Pero ¿por qué somos mayores de edad a los 18 años? Tradicionalmente, en las diferentes sociedades existe un momento o hito que marca el momento en que una persona es reconocida como plenamente capaz.

A veces, el tránsito al mundo adulto ha estado fuertemente formalizado y sometido a ritos y pruebas específicas (por ejemplo, en Papúa Nueva Guinea). En otras ocasiones, se produce al haber alcanzado la edad reproductiva (como con el matrimonio infantil). También nos encontramos con un reconocimiento formal que se aplica de forma general, independientemente de las capacidades o madurez demostrada (como en el Código Civil napoleónico de 1804).

Los 18 años no se establecen por criterios de madurez, ni de desarrollo de la personalidad, ni fisiológicos. Es una convención legal que se ha ido asentando a lo largo de la historia, con un origen que explica muchas cosas. Dado que es un proceso legal específico de cada país, nos enfocaremos en el caso español, aunque muchos aspectos son comunes basados en principios internacionales.

El derecho al voto, antes que la mayoría de edad

Vayamos hacia atrás: en 1978 se aprueba la Constitución Española, estableciendo la mayoría de edad en los 18 años. Unas semanas antes del referéndum constitucional se aprueba permitir votar ya a los 18 años, en vez de a los 21 previos. El derecho a voto llegó antes que la mayoría de edad civil.

Las discusiones y acuerdos previos sobre la Constitución están marcados en este aspecto por una resolución de 1972 del Consejo de Europa que insta a los estados miembros a esta rebaja de la mayoría de edad. Ya antes a partir de la década de 1940 en Estados Unidos se empieza a discutir una rebaja en la mayoría de edad. Uno de los argumentos a favor se resume en el lema “Old Enough to Fight, Old Enough to Vote” o, lo que es lo mismo, si una persona es lo suficiente mayor como para luchar, lo es también para votar.

Los jóvenes estadounidenses ya estaban participando en la guerra, primero en la II Guerra Mundial (1939-19845), después en la de Corea (1950-1953) y, más tarde, en la de Vietnam (1955-1975).

Otro argumento es la progresiva extensión de las políticas de escolarización previa a la universitaria. Se considera que uno es adulto para participar activamente en la guerra tras haber ya alcanzado a través de la escuela el grado de madurez necesario. En consecuencia, y tras un tira y afloja de casi 30 años, en 1971 se aprueba la Vigesimosexta Enmienda a la Constitución, que permite votar a partir de los 18.

De vuelta al pasado histórico español, la primera vez que se reconoce formalmente la mayoría de edad a los 18 años es en el siglo XIX, y solo para el monarca. Así, la Constitución Política de la Monarquía Española (1812, art. 185) establece que “El Rey es menor de edad hasta los diez y ocho años cumplidos”. Unos años más tarde, la Constitución de la Monarquía Española (1837, art. 56) reduce aún más esta edad hasta los 14 años. Y en 1843 aún se rebaja hasta los 13.. Estas son muestras de la instrumentalización política de la edad.

Para el conjunto de la población, el Código Civil (art. 320) va modificando la edad de forma progresiva, de los 23 años (de 1889) a los 21 (de 1972), hasta los actuales 18.

Tenemos que retroceder hasta el siglo XIII para encontrar la primera iniciativa de unificación de una mayoría de edad. En las Siete Partidas (Sexta Partida, Título XIX, Ley II), redactadas entre 1256 y 1265 bajo la dirección personal de Alfonso X, se establece una única edad, aunque en los 25 años: “Menor es llamado aquel q no ha aun veynte cinco años cuplidos”.

Las mujeres, antes que los hombres

En el origen de nuestra tradición legal, la romana, el emperador Constantino le otorga la mayoría de edad a las mujeres a los 18 años y a los hombres a los 20 mediante la venia aetatis en el año en 321 a. e. c. Es un momento en el que las guerras habían menguado tanto la población que se decide que personas más jóvenes puedan hacerse cargo de los negocios y asumir otras responsabilidades.

Y aún queda un último rastro hacia el origen de los 18 años. Ahora, de la Roma Antigua pasamos a la Grecia Clásica, el origen de la democracia moderna. La clave está en los efebos, como se llamaba a los muchachos del ideal ateniense.

En la Constitución de los atenienses de Aristóteles(§42) se establece que para convertirse en ciudadanos de la polis los jóvenes varones debían participar en la efebía, un periodo de dos años de formación militar. A los 21, tras dos años en la nomadelfia compartiendo vida con sus compañeros, se convierten en aner. Ahora se les permitirá fundar una familia y participar en la vida ciudadana.

La Constitución ateniense es un texto clásico de referencia política. Encontramos en ella los 18 y 21 que han servido de referencia en la definición del menor en el mundo moderno, el efebo se ha tomado como modelo. El influjo de Aristóteles y de Atenas se extiende hasta nuestros días. Pero hay una curiosidad a tener en cuenta.

Los griegos no usaban nuestro calendario, sino varios de forma simultánea: ¿cómo sabían entonces la edad de los jóvenes? Por el juramento de sus vecinos adultos. Estos testimoniaban la edad y madurez de quien era propuesto para entrar en la efebía. La edad no respondía a un registro administrativo, era un reconocimiento para ser instruido en las artes de la guerra y en la democracia. Sus 18 años no son los nuestros, aunque ahí esté su origen.

David Casado-Neira, Titular de universidad de sociología, Universidade de Vigo y Iria Loisa Justo Fuentes, Profesora invitada de Sociología, Universidade de Vigo

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

T. C.

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