El Ayuntamiento de Zamora adaptará el Plan Especial del Conjunto Histórico para permitir la instalación de placas fotovoltaicas y solares en los inmuebles de la zona antigua. El equipo de Gobierno ha hablado de «una reinterpretación» de la norma que ahora deberá ser respaldada por la Comisión Territorial de Patrimonio.
Si la propuesta municipal prospera, la instalación de placas en los edificios se permitirá «únicamente en los faldones interiores de las cubiertas, terrazas, patios o espacios libres ubicados en el interior de la parcela y no visibles desde la vía pública».
Además, habrán de instalarse de forma paralela a los planos de las cubiertas y los colores utilizados deberán mimetizarse con los de la cobertura. Asimismo, se prohibirán en los monumentos y jardines, y en los sitios históricos y zonas arqueológicas.
El informe remitido a Patrimonio tiene su antecedente en una consulta formulada por un particular en mayo de 2022 en relación a la colocación de placas solares para el suministro de energía limpia en un inmueble situado en el casco, una petición que la Comisión Territorial de Patrimonio dictaminó favorable al entender que “no ocasionaba impacto visual negativo”, al tiempo que recomendaba ”la utilización de paneles que quedasen adosados a los faldones de las cubiertas y se mimetizasen con los colores de la cobertura”.
Al hilo de dicho acuerdo, el servicio de Urbanismo, después de analizar la normativa aplicable a la instalación de placas solares fotovoltaicas en el conjunto histórico, puso de manifiesto «el cambio de criterio» de Patrimonio, que hasta ese momento había venido informando desfavorablemente las instalaciones de placas solares en este ámbito.
En el mismo informe se explica que con la actual normativa sí es posible autorizar este tipo de instalaciones en el conjunto histórico, aunque el plan especial no lo contemple. Además, desde el servicio de Urbanismo se recalca que la obligatoriedad de cubrir los tejados con teja cerámica curva en su color natural, tal y como establece una de las ordenanzas, tampoco impediría la instalación de placas solares.
Admisión en determinadas condiciones
Ante las circunstancias expuestas, el Ayuntamiento de Zamora entiende que el plan especial no ha pretendido prohibir las instalaciones fotovoltaicas, sino admitirlas en determinadas condiciones, «cuando no vayan a producir ningún menoscabo de los valores culturales, ambientales y paisajísticos» del entorno protegido, y será con esas condiciones con las que los paneles solares podrán ser autorizados en las cubiertas de los inmuebles.
Por tanto, y sin necesidad de modificar el vigente Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico, la Concejalía de Urbanismo sí precisa que se interpretará la «ausencia» de regulación del planeamiento especial como «admisión» con condicionantes de las instalaciones fotovoltaicas en cubiertas de inmuebles ubicados en el casco, pues la Administración local «no puede ser ajena a la realidad social que supone el auge y demanda de este tipo de instalaciones».