La convocatoria de ayudas al alquiler que ofrece la Junta de Castilla y León cerrará este lunes 15 de enero el plazo de presentación de solicitudes. Así lo ha recordado la delegada territorial en Zamora, Leticia García Sánchez, que ha subrayado que las subvenciones van dirigidas a las personas que desarrollan su vida de forma habitual y permanente en una vivienda o habitación con régimen de alquiler dentro de la comunidad.
La representante autonómica ha recalcado que ser beneficiario de estas subvenciones supone un «alivio económico para las personas y sus familias». Asimismo, ha animado a solicitar asistencia «en caso de duda o confusión que puedan llegar a surgir a la hora de elaborar y presentar los documentos requeridos para recibir este tipo de ayudas».
El periodo subvencionable y los requisitos
El periodo máximo subvencionable de estas ayudas será de doce meses, comprendidos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023. Entre los requisitos para optar a esta ayuda se encuentra la posesión de la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Además, es imprescindible que la suma de los ingresos anuales de los solicitantes sea superior a 0,5 veces el IPREM (3.954,30 euros) e igual o inferior a 3 veces el IPREM (23.725,80 euros).
El proceso de presentación de los documentos para los solicitantes que resultaron beneficiarios en la convocatoria de 2022 difiere del resto de solicitudes. Para poder optar a esta subvención, deberán presentar de forma obligatoria el modelo normalizado de renovación de subvención destinada al alquiler de vivienda. En el formulario de renovación se debe incluir la autorización expresa y la no oposición expresa en idénticos términos.
La documentación que se debe presentar para percibir dicha subvención es: una copia íntegra de todos los contratos de arrendamiento de la vivienda o habitación, el certificado o volante de empadronamiento que en el caso del alquiler de una vivienda deberá ser colectivo e histórico, mientras que en el caso de una habitación alquilada el certificado deberá ser individual. También será necesario presentar la documentación acreditativa, mediante justificantes bancarios, del pago de la renta arrendaticia.
La cuantía de la subvención será el 50% del valor del contrato de la vivienda o habitación en régimen de alquiler, aunque la cifra varía en función de si el solicitante es un joven, si el joven es beneficiario del Bono Alquiler Joven o si se trata de una persona que se encuentra en una situación de vulnerabilidad.
Si la solicitud o renovación no reúne los requisitos exigidos o no va acompañada de los documentos se requerirá a la persona interesada solventar la falta de los documentos preceptivos en un plazo de diez días.
Cómo presentar la documentación y resoluciones
La documentación se deberá presentar o en las oficinas de Correos o en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León, para lo que será necesario disponer del certificado electrónico y comprobar los requisitos técnicos. Las solicitudes se podrán presentar en una de las oficinas de asistencia en materia de registro en Zamora.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de seis meses, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera dictado y publicado la resolución implicará que la persona solicitante pueda entender desestimada su solicitud.
Los listados de los beneficiarios zamoranos se podrán consultar en la página web de la Junta de Castilla y León, en el Servicio Territorial de Movilidad de la Delegación de la Junta (C/ Leopoldo Alas Clarín, 4), en el teléfono 012 (983 327 850), en el correo electrónico informacion012cyl.es.