Los bandos de los alcaldes empiezan a sucederse en los pueblos. Toca cumplir con la normativa. Y la del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación dice que se ha decretado el confinamiento de todas las aves de corral que se crían al aire libre en España. Se trata de un refuerzo de las medidas preventivas frente a la gripe aviar, que tiene en jaque al sector desde hace semanas.
La orden ministerial se extiende a todas las granjas avícolas, incluidas las explotaciones ecológicas y las de autoconsumo o las que produzcan carne o huevos para su venta directa al consumidor. Eso implica la prohibición de que los animales permanezcan al aire libre que ya regía desde el pasado lunes, día 10, para las zonas consideradas de especial riesgo y especial vigilancia. En Zamora, el mayor riesgo aparece en el noreste, pero la medida se aplica a todo el territorio.
No en vano, en España se ha constatado una abundancia de aves migratorias en zonas de humedales, habitual en esta época del año. Además, el descenso de las temperaturas es un factor que facilita la supervivencia del virus. Las medidas de confinamiento tratan de evitar el contacto de las aves de corral con las migratorias que pueden ser portadoras de la enfermedad.
Desde el mes de julio se han notificado 139 brotes de influenza aviar en granjas avícolas de Europa. En España se han producido 14 focos en explotaciones, la mitad de ellos en Castilla y León, además de 53 en aves silvestres y 5 en cautivas.
La orden publicada incluye además las siguientes medidas:
- Queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral
- Queda prohibido dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que sea tratada a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar.
- Los depósitos de agua situados en el exterior requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.
- Queda prohibida la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales, incluidos los certámenes los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.
- En los casos en los que no fuera posible el confinamiento de las aves de corral, la autoridad competente de las comunidades autónomas podrá autorizar el mantenimiento de la mismas al aire libre mediante la colocación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres. En este caso, las aves tendrán que alimentarse y abrevarse en el interior de las instalaciones o en un refugio que impida la llegada de aves silvestres y evite el contacto de éstas con los alimentos y el agua destinados a las de corral.
