Enfoque Diario de Zamora
  • Zamora
  • Pueblos
  • Benavente
  • Toro
  • Castilla y León
  • Firmas
  • Otros enfoques
Enfoque Diario de Zamora
viernes, 17 abril, 2026
  • Zamora
  • Pueblos
  • Benavente
  • Toro
  • Castilla y León
  • Firmas
  • Otros enfoques
Enfoque Diario de Zamora
Enfoque Diario de Zamora
  • Zamora
  • Pueblos
  • Benavente
  • Toro
  • Castilla y León
  • Firmas
  • Otros enfoques
Castilla y León

El Supremo rechaza que la Junta deba indemnizar a la hostelería por las restricciones que sufrió el sector durante la pandemia

La institución autonómica señala que el Tribunal admite que las medidas fueron "necesarias, adecuadas y proporcionadas"

por Redacción 24/02/2024
Redacción 24/02/2024
El responsable de un bar limpia una mesa durante la pandemia. Foto Emilio Fraile.
FacebookTwitterLinkedinWhatsappEmail
700

La Junta de Castilla y León ha comunicado este sábado que el Tribunal Supremo considera que las restricciones impuestas por la normativa (estatal y autonómica) que afectaron a la actividad empresarial asociada a algunos establecimientos para frenar la propagación de la pandemia fueron «necesarias, adecuadas y proporcionadas a la gravedad de la situación, y gozaron del suficiente grado de generalidad en cuanto a sus destinatarios, de modo que no generaron ningún derecho de indemnización por los posibles perjuicios sufridos».

Afirma el Tribunal que la sociedad en su conjunto «tuvo que soportar las decisiones adoptadas por los poderes públicos para preservar la salud y la vida de los ciudadanos, de manera que la vía de reparación o minoración de los daños para aquellos que los padecieron con mayor intensidad, de ser procedente, debería articularse a través de las ayudas públicas, que se concedieron ampliamente, pero no la de la responsabilidad patrimonial».

Como argumentaron los Servicios Jurídicos de la Consejería de la Presidencia, la sentencia también reconoce que esas medidas encontraban su encaje en las previsiones de la Ley General de Salud Pública, regulación que excluye el hecho de que la Administración deba indemnizar los gastos causados por las medidas adoptadas para preservar la salud pública.

Frente a lo anterior, la sentencia considera que las partes demandantes no han llegado a acreditar que las medidas a las que se imputa el daño «carezcan de justificación, idoneidad y razonabilidad, algo que resulta especialmente exigible conforme al principio de precaución, reconocido por el Derecho de la Unión Europea, cuando, como ocurre en este caso, la salud humana está en riesgo».

Considera la resolución judicial también que «no estamos ante supuestos de privación singular de bienes o derechos, entendida esta como sacrificio especial impuesto deliberadamente de forma directa a través de un procedimiento específico, sino ante un supuesto de restricciones generales de carácter temporal del ejercicio de determinados derechos, impuestas a través de una norma jurídica con valor de ley que a todos obliga, y con el fin de preservar la salud y la vida de los ciudadanos».

Finalmente, según el Supremo, «tampoco se puede considerar que la actividad de la Administración vulnerase los principios de confianza legítima, eficacia, seguridad jurídica, proporcionalidad, motivación y buena regulación, a cuyo efecto acude al Tribunal Constitucional, que también calificó la actividad administrativa como razonable, proporcional y adecuada a la situación existente»:

El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, se ha congratulado por la desestimación de estos primeros recursos en los que se reclamaba la responsabilidad patrimonial conjunta del Estado, por la declaración del estado de alarma, como de la Comunidad de Castilla y León, por las medidas adoptadas, y ha afirmado que «la respuesta dada fue adecuada a la situación, teniendo en cuenta el grado de incertidumbre existente en aquel entonces».

Redacción

También Podría interesarte

Isabel Blanco asume las funciones de Educación y Leticia García cesa en Industria a la espera de «nuevas responsabilidades políticas»

13/04/2026

La Junta estima que la huelga de médicos de esta semana ha traído consigo la cancelación de 52.124 consultas en Castilla y León

20/03/2026

La Junta lanza ayudas para compensar la pérdida de ingresos de los trabajadores afectados por las inundaciones de febrero

20/03/2026

Síguenos en redes sociales

Facebook Twitter Instagram Email Whatsapp

Lo más leído

  • Una prueba de legionela en los baños de Los Almendros dio positivo el 18 de marzo y las duchas permanecieron abiertas catorce días más

    13/04/2026
  • El director de la AECT Duero-Douro, José Luis Pascual, detenido en una operación de la Guardia Civil y la Agencia Tributaria

    15/04/2026
  • La niña de la campana, las mesas largas y el día «sagrado» de Bretó en La Pedrera

    13/04/2026
  • Guarido, sobre la presencia de legionela en la piscina: «El concejal no va a dimitir, ha sido un error de comunicación de la propia empresa»

    14/04/2026

Enfoque Diario de Zamora

  • Avenida de Alfonso IX, 1. Zamora
  • Tlfo: (+34) 621 35 04 37
  • redaccion@enfoquezamora.com
  • publicidad@enfoquezamora.com

Menú

  • Zamora
  • Benavente
  • Toro
  • Pueblos
  • Castilla y León
  • Deportistas
  • Firmas
  • Última hora
  • Otros enfoques

Aviso Legal

  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
  • Medio auditado por OJDInteractiva

2025 – Todos los derechos reservados

Facebook Twitter Instagram Tiktok
Cookies EU

Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios y mejorar nuestros servicios. Al pulsar Acepto consiente dichas cookies. Puede obtener más información pulsando en Más información o bien conocer cómo cambiar la configuración pulsando en Configuración.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Configuración
  • {title}
  • {title}
  • {title}
Enfoque Diario de Zamora
  • Zamora
  • Pueblos
  • Benavente
  • Toro
  • Castilla y León
  • Firmas
  • Otros enfoques
Enfoque Diario de Zamora
  • Zamora
  • Pueblos
  • Benavente
  • Toro
  • Castilla y León
  • Firmas
  • Otros enfoques