La Junta de Castilla y León pagará una gratificación de 76,41 euros a los miembros de las mesas electorales elegidos para ejercer esta función en los comicios autonómicos que se celebrarán el próximo 15 de marzo.
En general, la norma aprobada este jueves por el Consejo de Gobierno establece el régimen de compensaciones para los distintos colectivos que intervienen en el proceso electoral y realizan funciones relevantes que no forman parte de su retribución ordinaria.
Entre ellos se encuentran también los miembros de las juntas electorales, el personal colaborador, los representantes de la Administración, el personal de los ayuntamientos y otros empleados públicos que participan en tareas vinculadas a la organización y desarrollo de las elecciones.
Las cuantías incorporan la actualización de las compensaciones conforme a los distintos incrementos retributivos aprobados para el personal al servicio de la Junta de Castilla y León desde las últimas elecciones autonómicas. Asimismo, el decreto garantiza la cobertura de los riesgos derivados de la participación de los miembros de las mesas electorales durante el ejercicio de sus funciones.
Por otro lado, el Consejo de Gobierno ha aprobado también el manual de instrucciones para las personas que integran las mesas electorales, supervisado por la Junta Electoral Central y aprobado por la Junta de Castilla y León. Este documento tiene como finalidad facilitar el correcto desempeño de las funciones que corresponden a la presidencia y a las vocalías de las mesas durante toda la jornada electoral.
El documento ofrece una guía clara y ordenada de las actuaciones que deben realizarse desde la constitución de la mesa a primera hora de la mañana hasta la finalización del escrutinio y la entrega de la documentación electoral. Incluye indicaciones sobre la comprobación del material, el desarrollo de la votación, la identificación de las personas votantes, el cierre de los colegios electorales, el recuento de los votos y la cumplimentación de las actas oficiales.
Asimismo, el manual incorpora orientaciones sobre la recepción de credenciales de interventores y apoderados, las normas de orden público aplicables durante la jornada electoral, y los distintos modelos de impresos oficiales que deben utilizarse, con el objetivo de garantizar la seguridad jurídica y la homogeneidad de los procedimientos en todas las mesas electorales de la comunidad.
El texto recuerda que formar parte de una mesa electoral constituye un deber cívico esencial para el correcto funcionamiento del sistema democrático, y subraya el papel de la presidencia de la mesa como máxima autoridad en el local electoral durante el desarrollo de la votación.
