El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha revocado la sentencia que obligaba al Ayuntamiento de Zamora a indemnizar con más de un millón de euros a Leche Gaza por el supuesto incumplimiento de un convenio urbanístico. El caso viene de lejos, concretamente del año 2009, cuando se construyó el Puente de los Poetas y el municipio debía utilizar terrenos propiedad de la empresa para ejecutar unos viales.
Según ha explicado este miércoles el alcalde de Zamora, Francisco Guarido, en su momento se firmó un convenio según el cual Leche Gaza ponía los terrenos a disposición del Ayuntamiento a cambio de que el municipio incluyera en el PGOU de 2011 la edificabilidad de las parcelas resultantes en beneficio de la empresa. El asuntó quedó ahí hasta que surgieron problemas vinculados a la inundabilidad de los terrenos.
Aquel problema sobrevino en 2016, aunque no fue hasta 2022 cuando Leche Gaza reclamó al Ayuntamiento al entender que no había podido materializar la edificabilidad que corresponde al sector. El juzgado dio la razón inicialmente a la empresa en la disputa, pero el TSJCyL entiende ahora que «no hay duda» de que el municipio cumplió con las obligaciones reflejadas en el convenio y que «materializar la edificabilidad significa reconocerla válidamente en la normativa urbanística aplicable», algo que, según la nueva sentencia, sí se hizo.
En la rueda de prensa que ha ofrecido este miércoles, Guarido ha celebrado la resolución y ha recalcado que, como ya dijo en su día, «la sentencia era completamente absurda». «Leche Gaza no construyó por su inacción» entre 2011 y 2016, según ha apuntado el mandatario municipal y como refleja también la sentencia del TSJCyL, que admite que la crisis económica pudo ser un factor perjudicial, pero en ningún caso imputable al Ayuntamiento.
«La empresa ha obrado con muy mala fe. Tuvieron mala suerte, pero de eso no tiene la culpa el Ayuntamiento», ha resaltado Guarido, que ha calificado de «correcta» la actuación del equipo de Gobierno de la época, dirigido por la popular Rosa Valdeón, y también de este en la batalla legal. En todo caso, contra la sentencia del TSJCyL cabe recurso de casación.
