La Guardia Civil ha detenido a un hombre que conducía su vehículo, un trailer, dando bandazos por la autovía A-11 a la altura de Toro. Los agentes recibieron varias llamadas alertando de que el camión, con matrícula extranjera, circulaba haciendo zig-zag por la carretera. Inmediatamente fueron movilizadas todas las patrullas de servicio del Subsector de Tráfico de la provincia, que consiguieron localizarlo y detenerlo a la altura del kilómetro 415 de esta vía, identificado el conductor,un varón de 43 años y origen ucraniano con carta de residencia portuguesa, los agentes de tráfico, se percatan que se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas por lo que fue requerido para hacerle la prueba de detección de ingesta de alcohol en aire espirado, arrojando resultados de: 1,19 y 1,21 mg/l.
Teniendo en cuenta que la tasa máxima permitida para los conductores profesionales es de 0,15 mg/l junto con la presencia de la sintomatología que evidenciaba una severa influencia, fue detenido por un delito contra la seguridad vial, siendo también denunciado por hacer uso de auriculares durante la conducción, el vehículo quedó inmovilizado, hasta que se hizo cargo del tráiler un conductor de la propia empresa.
Tanto el investigado como las diligencias instruidas, fueron puestos a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Toro.
Se recuerda que la ingesta de bebidas alcohólicas, así como la de drogas y sustancias tóxicas influye en el conductor de un vehículo con la disminución de la capacidad sensorial, de reflejos y de atención en la conducción, desvirtuando la percepción de la realidad, determinando una conducción inapropiada y creando un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, aumentando exponencialmente la posibilidad de sufrir un siniestro vial.
Estas conductas al volante podrían conllevar administrativamente hasta 1.000 € de sanción y penalmente podrían ser castigadas con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.