El Procurador del Común llama al Ayuntamiento de Zamora a que adopte una gestión más eficiente de las altas, bajas o modificaciones de las tasas e impuestos para evitar situaciones como la sufrida por una ciudadana, a la que se le ha cobrado la tasa por ocupación de la vía pública por una terraza de un bar que ya había dado de baja. La institución autonómica pide al Consistorio de la capital que mejore el servicio de una administración en ocasión demasiado compartimentalizada «con el fin de evitar que se produzca actuaciones similares» a la reseñada, que ha motivado el posicionamiento del Procurador.
La cuestión en disputa emana del ejercicio 2023, cuando se pasó el recibo de ocupación de vía pública a una persona que no poseía el local de hostelería objeto de gravamen desde el mes de noviembre de un año antes. Una cuestión que, indica la afectada, estaba ya en conocimiento del Consisotrio.
Cuando se publicó el padrón la afectada rechazó pagarlo y fue reclamado por el Ayuntamiento por la vía ejecutiva, rechazándose el pago igualmente. El Ayuntamiento inició entonces el proceso para que se produjera el embargo con cargo de las devoluciones que la Agencia Tributaria debía realizar a la contribuyente afetada.
El Procurador del Común da por comprobado que se produjo el aviso del cambio de titularidad del bar, pero «no se presentó solicitud específica de baja de la tasa de ocupación del dominio público». La ordenanza de la tasa, valga recordar, recoge que los titulares de los recibos «pasarán a formar parte del mencionado padrón en tanto no se solicite expresamente su baja», cosa que no se hizo. Es decir, se comunicó la baja del bar, pero no la baja en el padrón.
Un problema este que no es exclusivo del Ayuntamiento de Zamora, como reconoce el Procurador del Común, que asegura que «en la organización y funcionamiento de las administraciones públicas se ha observado, con frecuencia, que distintos órganos, unidades o servicos actúan de forma aislada, sin intercambiar información, criterios técnicos ni coordinar sus actuaciones». Es decir, que lo lógico aquí sería que el servicio que recibió el cambio de titularidad del local hubiera cursado también, o solicitado al menos, la baja en el padrón.
Esta cuestión provoca, en esta y otras administraciones, «duplicidades en la solicitud de documentación a los ciudadanos, retrasos en la tramitación de expedientes o incoherencias en las resoluciones administrativas» que sufren los contribuyentes. «Debe existir un deber de unidad, cooperación y coordinación, de forma que la administración no funcione mediante compartimentos estancos». La exigencia de presentar la baja ante múltiples departamentos es, concluye el Procurador del Común, «contraria a los principios constitucionales y legales de eficiencia, coordinación y unidad de actuación».
Ello genera además en los ciudadanos «inseguridad jurídica» y una sobrecarga administrativa injustificada. «Todas las unidades municipales deben considerar la baja comunicada en un único procedimiento, con validez y eficacia para todos los servicios afectados», concluye el Procurador del Común.