La demora a la que los usuarios de la sanidad pública se ven muchas veces sometidos para ser atendidos por un especialista o para ser intervenidos de una dolencia choca directamente con el derecho de la ciudadanía a una asistencia sanitaria adecuada a una buena administración como la que se hace referencia «en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el artículo 12 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León». Una tajante afirmación que realiza el Procurador del Común como respuesta a la queja de un paciente de la comunidad sobre el importante lapso de tiempo que lleva esperando una intervención y que viene a recordar los datos, faraónicos, de lista de espera en algunas especialidades del Complejo Asistencial de Zamora, con cerca de 14.000 personas esperando a ser llamados por el especialista (aún sin cita), según los últimos datos de Sacyl.
Una gestión inadecuada de las listas de espera, especialmente de la quirúrgica, puede «vulnerar el derecho a la protección de la salud» que reconoce la Constitución Española y otros textos legales, que apuntan a que las administraciones sanitarias «estarán orientadas a garantizar la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de salud». Unas actuaciones que, además, deberán estar presididas «por los principios de eficacia y celeridad».
Remarca el Procurador del Común que la Gerencia Regional de Salud recibe un buen número de quejas por las elevadas listas de espera existentes en varias especialidades y provincias y que la demora en la asistencia sanitaria «es uno de los aspectos que más preocupa a los castellanoleoneses y que mayor insatisfacción produce en los enfermos y familiares, circunstancia que exige habilitar todos los medios personales y materiales necesarios para abordar la problemática» existente.
La prioridad clínica
La catalogación de los pacientes en varios niveles de urgencia atendiendo a criterios clínicos, explicación dada por la Gerencia Regional de Sanidad en la mayoría de las ocasiones en la que se le pregunta por casos concretos, puede resultar «una medida adecuada» para organizar los recursos, insiste el Procurador del Común. Pero, aún así, que la dolencia permita una cierta demora en el tratamiento «no significa que este tenga que verse sometido a plazos de espera que superan lo razonable» y «seguramente también lo recomendable», indica la institución regional en su resolución. La gravedad relativa de una patología no puede así «ser la causa de que no se aborde la misma con celeridad», especialmente teniendo en cuenta que muchas dolencias, aunque no se traduzcan en riesgo para la vida, sí tienen efectos importantes en la calidad de vida de los pacientes.
«Debe ofrecerse a los pacientes una respuesta rápida, adecuada y eficaz», concluye el Procurador del Común. Pide la institución a la Gerencia Regional de Salud que ofrezca «una respuesta rápida y adecuada» a los pacientes y que agilice los plazos para evitar retrasos que se demoran «más allá de lo razonable». Medidas para «cumplir los principios de eficacia y celeridad» en la atención sanitaria «en el marco del derecho a la buena administración» que deben recibir los ciudadanos.