La Audiencia Provincial de Zamora absuelve al enfermero responsable de Organización del Servicio de Enfermería de Sayago en el año 2022 del delito de descubrimiento o revelación de secretos por entrar repetidas veces en la historia clínica de una compañera de profesión para comprobar si se encontraba de baja. Los jueces interpretan que el objetivo de que el enfermero comprobara la situación de la denunciante obedecía a cuestiones de organización, ya que él carecía de más información sobre la incorporación o no de su compañera y era responsabilidad suya organizar el servicio de Enfermería en los centros de salud de la zona.
Los hechos derivan del año 2022. El 1 de marzo, indica la sentencia, el denunciado se pone en contacto con su compañera para corroborar su destino y disponibilidad. En ese momento, la enfermera denunciante manifiesta su disgusto pues, según pensaba, había sido destinada a otro centro de salud. Tres días después, el 4 de marzo, la enfermera se da de baja laboral sin haber siquiera recogido las llaves del centro de salud donde fue destinada para comenzar a trabajar.
El denunciado asegura que «nadie le había comunicado su ausencia» y que entró en su historia clínica «con la finalidad de comprobar si se encontraba de baja médica, su disponibilidad y para organizar el servicio, destinando a estas funciones a otro profesional». Los accesos tuvieron lugar los días 4, 14, 24 y 28 de marzo, así como el 25 de abril de 2022 y «no se ha acreditado que tal actuación haya ocasionado perjuicio alguno» a la demandante.
Los jueces interpretan que para que pueda condenarse al acusado de un delito de revelación de secretos se requiere «la existencia de un perjuicio añadido para que la violación de la reserva afecte, al menos, al titular de los datos o a un tercero». Los accesos realizados, ha quedado acreditado, se realizaron siempre a comienzos de semana, «cuando se debe planificar el trabajo». La baja médica en cuestión era por «ansiedad».