Diez empresas de la provincia de Zamora se encuentran entre las beneficiarias de las ayudas para el fomento de la promoción profesional de la mujer, cuya resolución ha comunicado este domingo la Junta de Castilla y León. El Gobierno autonómico ha otorgado estas subvenciones desde la perspectiva de «romper los techos de cristal en el ámbito laboral, para que las mujeres de la comunidad puedan ascender de categoría en sus sectores de actividad en igualdad de oportunidades».
Con esta premisa, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades convocó, el pasado 27 de junio, esta línea de apoyo para la que se registraron 283 solicitudes, de las que 81 procedían de centros de trabajo ubicados en municipios de menos de 20.000 habitantes. «Es decir, casi un tercio de las empresas que están promoviendo ascensos laborales para las mujeres se ubican en el medio rural», asegura la Junta.
La cuantía destinada a esta iniciativa asciende a los 500.000 euros, importe que se ha otorgado a medida que las solicitudes se han ido registrando, ya que se trata de una subvención en concesión directa hasta agotar el crédito. Una vez finalizado el plazo de presentación, se han concedido 217 subvenciones y ha habido 36 inadmisiones, 18 denegaciones y 12 desistimientos en el conjunto de Castilla y León.
Las cuantías de la ayuda y las condiciones
La ayuda está establecida, con carácter general, en los 2.000 euros por ascenso y empresa, si bien puede alcanzar los 2.800 euros si la trabajadora desarrolla su actividad en sectores profesionales con bajo índice de empleo femenino. No obstante, si una misma empresa presenta varias solicitudes de ascenso laboral, se subvenciona al 100 % la primera, al 80 % la segunda, con un importe equivalente al 60 % la tercera y, a partir de la cuarta, con el 40 %. Si se trata de contratos a tiempo parcial, con reducción de jornada o de uno fijo-discontinuo, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente al tiempo de trabajo realizado.
La Junta ha explicado que la promoción ha de ser real, a través de una relación laboral de carácter indefinido, por lo que no puede existir una interrupción entre el contrato previo y el que está siendo objeto de mejora. Además, debe llevarse a cabo un incremento salarial igual o superior a 1.400 euros brutos calculado en catorce pagas, fruto del cambio de categoría o grupo profesional que conlleve la realización de funciones de mayor cualificación en el nuevo puesto. Si estos grupos o categorías no vienen recogidas en el convenio colectivo general o específico, dicho cambio deberá acreditarse con una descripción justificativa detallada de ambos puestos de trabajo.