Si usted vive en un pueblo, esta escena le sonará. El Ayuntamiento, llegadas las fiestas navideñas, entrega a los vecinos un pequeño detalle para felicitar la Navidad. Unos lo hacen en forma de calendario, otros en forma de un regalo y algunos, los más boyantes, en forma de cesta. Pues bien, esto es ilegal. Lo dice el Procurador del Común, a instancias de la reclamación de un ciudadano de un pueblo de Zamora (no se identifica cuál). Este vecino asegura que «durante las pasadas navidades, el Ayuntamiento entregó a algunas personas de la localidad unas cestas, desconociendo el gasto y los criterios seguidos por la Alcaldía para su reparto».
El Ayuntamiento en cuestión fue incapaz de justificar ese gasto, pues aunque dijo que se dio cuenta al Pleno, no se aportó acta de la sesión, ni decreto, ni factura, ni información sobre cuántas cestas fueron adquiridas y a quién le fueron entregadas.
Pero lejos de las justificaciones, el Procurador del Común va al fondo de la cuestión y asegura que «esta Procuraduría ha venido considerando que la entrega de obsequios a los vecinos, aunque pueda ser reflejo de una tradición popular arraigada en el municipio, no tiene justificación en ninguna ley. En realidad supondría una donación incondicionada que no está permitida a las Administraciones Públicas, aunque su cuantía sea escasa y con independencia de que los beneficiarios sean todas las personas empadronadas o solo algunas de ellas». Es decir, que es ilegal.
No puede considerarse tampoco la distribución de regalos como una subvención, «pues faltan los requisitos exigidos para ello». Por otra parte, concluye el Procurador, «la situación económica aconseja la contención del gasto público, por lo que aún tratándose de obsequios de importe reducido, no está justificada su entrega».