La Junta de Castilla y León ha publicado este viernes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de la nueva y prometida línea de ayudas para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a jóvenes de Castilla y León. Las subvenciones podrán alcanzar los 900 euros por beneficiario.
La iniciativa tiene como objetivo, según la Junta, «reducir el esfuerzo económico que supone obtener el permiso de conducir y, al mismo tiempo, convertir la movilidad en una herramienta para mejorar la empleabilidad, favorecer el acceso a oportunidades laborales y avanzar en la igualdad de oportunidades de los jóvenes, especialmente en una comunidad caracterizada por su extensión territorial, la dispersión de la población y el peso del medio rural».
Las bases establecen una cuantía máxima de 900 euros por beneficiario, que se determinará en función del coste de los gastos debidamente justificados y del nivel de renta.
Así se estructura esta línea de subvenciones:
- 900 euros para rentas inferiores a 1,5 veces el IPREM.
- 750 euros para rentas iguales o superiores a 1,5 e inferiores a 2,5 veces el IPREM.
- 600 euros para rentas iguales o superiores a 2,5 e inferiores a 3,5 veces el IPREM.
- 450 euros para rentas iguales o superiores a 3,5 veces el IPREM.
En ningún caso la subvención, por sí sola o sumada a otras ayudas destinadas a la misma finalidad, podrá superar el coste total de la actuación subvencionada.
Las condiciones
La nueva línea de ayudas está dirigida a personas jóvenes de entre 18 y 30 años residentes y empadronadas en municipios de Castilla y León, que deberán obtener el permiso de conducción de la clase B en las condiciones y durante el periodo que se establezca en la correspondiente convocatoria.
Entre los gastos que podrán ser objeto de subvención se encuentran la matrícula de la autoescuela, las clases teóricas y prácticas, y las tasas de tráfico para la tramitación del permiso, incluidos los derechos de examen y la renovación de tasas, en los términos que establezca la convocatoria.
No serán subvencionables los gastos correspondientes a pruebas médicas y psicotécnicas ni otros gastos de gestión y tramitación relacionados con la presentación de la solicitud de la ayuda.
Las subvenciones se concederán mediante un procedimiento de concurrencia competitiva. El criterio para determinar el orden de las solicitudes será el nivel de renta, de manera que tendrán prioridad las personas solicitantes que formen parte de aquellas unidades de convivencia con menores ingresos. Las bases incorporan, además, criterios específicos para las familias numerosas. A las unidades de convivencia de solicitantes pertenecientes a familias numerosas de carácter general se les aplicará un coeficiente reductor del 20% sobre su nivel de renta, que será del 30% en el caso de las familias numerosas de categoría especial.
Tras la publicación de las bases reguladoras, la Junta de Castilla y León realizará la correspondiente convocatoria de las subvenciones, en la que se determinarán, entre otros aspectos, el crédito presupuestario disponible, el periodo subvencionable, el plazo para presentar las solicitudes y la documentación necesaria.
