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El juzgado da la razón al Ayuntamiento en su conflicto con la empresa de recogida de basuras, y confirma la multa de casi 400.000 euros por «incumplimientos reiterados del contrato»

El equipo de Gobierno tomó la decisión de sancionar a la empresa hace más de dos años, pero la multa fue recurrida por la contrata ante el juzgado contencioso administrativo

por Manuel Herrera 11/06/2026
Manuel Herrera 11/06/2026
Trabajadores de limpieza del Ayuntamiento de Zamora. Foto Emilio Fraile.
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El juzgado ha dado la razón al Ayuntamiento en su conflicto con la empresa de recogida de basuras y limpieza viaria, Prezero. De este modo, se confirma la imposición de una multa de 396.505 euros a la adjudicataria «por incumplimientos reiterados del contrato» desde el inicio del mismo en abril de 2022.

El Ayuntamiento tomó la decisión de sancionar a la empresa hace más de dos años, pero la multa fue recurrida por la contrata ante el juzgado contencioso administrativo de Zamora, que ha resuelto el asunto dando la razón al Ayuntamiento de forma íntegra e imponiendo las costas del proceso a la recurrente.

Estos son los motivos de los incumplimientos que llevaron al Ayuntamiento a dictar el decreto:

  • No haber puesto a disposición del contrato los medios materiales ofertados, ni los vehículos, ni las obras, soterrado de contenedores y otros.
  • No haber realizado obras en la nave de maquinaria y en los cuartelillos. 
  • Por incumplimientos del contratista de los términos de la oferta y del contrato, al no estar empleando los medios adscritos al servicio con la intensidad prevista en la propia oferta, de manera que las frecuencias de los trabajos no son las previstas y la calidad de la limpieza resulta deficiente.
  • No haber puesto a disposición de la Administración las herramientas de control del contrato que se habían ofertado, ni otras que reúnan las características de las exigidas en dicho contrato.
  • No haber financiado las auditorías de calidad a las que obligan las bases del contrato y que, precisamente por ello, dificultan el control del servicio por parte del responsable del contrato.
  • No haber asumido el compromiso contractual de aumentar las frecuencias en la prestación del servicio de recogida selectiva y diferenciada de residuos, al igual que el aumento de la frecuencia de lavado de contenedores.
  • No impulsar el incremento de seis unidades de contenedores soterrados en el casco histórico, además de las seis unidades obligadas por el pliego.

A pesar de recurrir el decreto, la empresa procedió a subsanar los incumplimientos: alquilaron los cuartelillos, se introdujo con urgencia la maquinaria, se empezaron a instalar los soterrados y aumentar las frecuencias de lavados de contenedores y, en definitiva, el cumplimiento íntegro del contrato.

Manuel Herrera

Periodista y politólogo. Máster en Comunicación y Visualización de Datos.

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